
Noticiero Agropecuario.- A partir de este lunes el gobierno nacional a través de sus organismos e instituciones podrá regular la distribución e intercambio de productos agrícolas, la colocación de insumos agrícolas, fortalecer el comercio para contrarrestar la especulación, la competencia desleal, el acaparamiento, el monopolio y hasta el contrabando, estableciendo penas y multas que oscilan entre las 30 y 3000 unidades tributarias.
Así lo contempla la nueva Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, que viene a sustituir a la de Mercadeo Agrícola, promulgada en el año 1970, y que permitirá garantizar y regular todo lo relacionado con la cadena de producción y distribución y de alimentos, así como velar por el tema de la seguridad alimentaria, la disponibilidad y acceso de alimentos e insumos necesarios para los procesos productivos”.
Así lo informó este lunes a los medios de comunicación social el viceministro de Agricultura y Tierras, Richard Canán, al indicar que este instrumento plantea la aplicación de un marco jurídico al centro nacional de balance, espacio donde participan todos los entes del Gobierno Nacional y distintas asociaciones para analizar el tema del consumo, la producción nacional y las necesidades de importación de los rubros estratégicos.
Además, señaló que en la ley se incluye la obligación del Estado de preservar reservas estratégicas de rubros prioritarios y garantizar 90 días de consumo, las cuales se encontrarán, principalmente, en manos de los entes del estado como CASA, la Corporación Venezolana Agraria (CVA) y demás empresas adscritas.
Informó asimismo que desaparece la figura de la Juntas Nacionales para dar paso a las Asambleas Agrarias y Consejos de Campesinos, garantizando así espacios de participación para los trabajadores del campo.
Destacó que también esta nueva Ley hace hincapié en mejorar la calidad de los alimentos, regular la manipulación genética e incluir normas para el uso de alimentos transgénicos y el control de agroquímicos y tóxicos, esto con el fin de promover la aplicación de prácticas agroecológicas.
Otra ley importante
En segundo termino, el viceministro Richard Canán informó que la Ley de Salud Agrícola Integral, “viene a garantizar todo el tema de la protección zoosanitaria, así como toda la protección vegetal con el control de las guía de movilización para animales y vegetales”.
Destacó que este instrumento suplirá a la Ley de Defensa Sanitaria Vegetal y Animal, que se promulgó en 1941, y que persigue respetar convenios internacionales como el de Rótterdam y Estocolmo, así como las normativas de la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación) que promueven la aplicación de prácticas agroecológicas.
De igual manera, Canán informó que en esta nueva ley se establece la creación de la junta liquidadora del Servicio Autónomo de Santidad Agrícola, (SASA), para dar paso al Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (Insai), el cual tendrá a su cargo el registro nacional de productos agrícolas y de la importación y uso de agroquímicos.
Por otra parte, señaló que contempla la instalación de más laboratorios de diagnóstico y control de plagas y enfermedades, la ampliación de las estaciones de cuarentena, el fortalecimiento de las guías de movilización y el incremento de la vigilancia sobre los 52 mataderos que existen en todo el país.
Nuevas leyes para el financiamiento agrícola
El viceministro de Economía Agrícola también informó que la Ley de Crédito para el Sector Agrario, “es una ley de avanzada que incrementará los montos y la calidad de la cartera agrícola que hasta los momentos mantenemos como obligatoria de la banca; lo cual permitirá aumentar los plazos de financiamiento y las condiciones de infraestructura que requiere el campo para la producción agrícola”.
Indicó además, que la Ley de Beneficios y Facilidades de Pago para las Deudas Agrícolas y Rubros Estratégicos para la Seguridad y Soberanía Alimentaria toma en cuenta a todos los deudores agrícolas, atrasos en sus créditos hasta el 31 de mayo de 2008 y les permite ”refinanciar sus deudas mejorando los plazos las condiciones, para dejarlos solventes y permitirles obtener un nuevo crédito”.
Por último, expresó que la Ley del Banco Agrícola de Venezuela garantizará condiciones especiales de crédito a los productores tradicionalmente excluidos de la banca, con tasas de interés muy bajas, entre 3y 4% y plazos de hasta 20 años.
La Ley de Financiamiento del Sector Agrario, según Canán, es una ley de avanzada que permite incrementar los montos y la calidad de la cartera agrícola. Destacó que esta ley permitirá aumentar los plazos de financiamientos, aumentar las condiciones en beneficio de la infraestructura que requiere el campo para la producción agrícola, “ya que podemos ampliar el plazo de los créditos para los productores”.
En su ámbito de aplicación esta ley menciona que el sector agrario nacional, estadal, municipal y local atenderá los requerimientos de los sectores agrícola, vegetal, animal, pesquero, forestal y acuícola, así como operaciones de financiamiento para la adquisición de insumos, acompañamiento, infraestructura, tecnología, transporte, mecanización, almacenamiento y comercialización de productos alimenticios y cualquier otros servicio conexo vinculada al sector agrícola nacional.
Al referirse a la Ley de Refinanciamiento para los Deudores Agrícolas, explicó que incluye a todos los deudores agrícolas hasta el 31 de mayo del 2008 y les permite refinanciar sus deudas “lo que les va asentir mejorar sus plazos y las condiciones, con la finalidad de dejar solvente al productor para que pueda obtener un nuevo crédito”.
De igual manera acotó que con este nuevo instrumento legal podrán ser beneficiados todas las personas naturales y jurídicas que hubieran recibido créditos agrícolas para el financiamiento de la siembra, adquisición de insumos, maquinarías, equipos, construcción y mejoramiento de infraestructura, adquisición de semovientes, reactivación de centros de acopio y capital de trabajo, con ocasión de la producción de los siguientes rubros estratégicos: arroz, maíz, sorgo, hortalizas, frutas, vegetales, granos, leguminosas, cafés, cacao, caña de azúcar, soya, girasol, algodón, ganadería doble propósito (bovino y bufalino), porcino, ovino, caprino, pollos de engorde, huevos de consumo, conejos, miel y huevos de codorniz.
Por ultimo, el viceministro explicó que la Ley del Banco Agrícola de Venezuela, la cual garantiza condiciones a los productores tradicionalmente excluidos de la Banca, plantea tasas de interés muy bajas (entre 3 y 4 %), con plazos hasta de 20 años y garantías mínimas que son bien sencillas para poder incluir a todos los productores y productores venezolanos.




